jueves, 20 de septiembre de 2012

PAGO DE DEUDA DEL DU 037-94-PC: SIN SENTENCIA Y CON SENTENCIA EN CALIDAD DE COSA JUZGADA.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS AUTORIZAN TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2012, A FAVOR DE DIVERSAS ENTIDADES PÚBLICAS, Y APRUEBAN CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE LA CUARTA DISPOCIÓN COMPLEMENTARIA FINAL DE LA LEY Nº 29812, APROBADO POR EL DECRETO SUPREMO Nº 180-2012-EF, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO EL DÍA: JUEVES 20 DE SETIEMBRE DEL AÑO AÑO 2012: PÁGINAS Nº 474778-474779-474780.
 
1.-Estimados amigos de la diferentes provincias de la Región Ica, una vez más el Ministerio de Economía y Finanzas, transferie presupuesto para el pago de las deudas  del Decreto de Urgencia Nº 034-94-PCM para el personal administrativos comprendidos en las Escalas Remunerativas del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, para aquellos Comprendidos en la Ley Nº 29702 .-estos quiere decir para aquellos que no tiene Sentencia Judicial transfiriendo al Gobierno Regional de Ica lo siguiente:
 
1.1.-Personal y Obligaciones Sociales   S/. 1,877,334
1.2.-Pensiones y Prestaciones Sociales        2170,152 
 
2.-Asimismo otorga para todos los hermanos trabajadores administrivos, sujete al Decreto Legislativo Nº 276, y que tiene Sentencia Judicial, en calidad de cosa Juzgada lo siguiente:
 
2.1.Otros Gastos  S/. 3,287,714      1/ Recursos asignados para el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada del DU Nº 037-94.
 
EN VIRTUD A LA RESOLUCIÓN Nº 026 y 33 emitida de Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Ica, patrocinada por el SITRACE-PISCO, es por eso que felicito a los trabadores administrativos asociados a nuestro gremio sindical, gracias a muchos hermanos que creyeron en la dirigencia sindical , hoy en día se plasma este reintegro, pero no me venga a decir que es "Obra de la Coordinadora Regional", no hermanos muchas veces y lo sigue diciendo que es obra de ellos, y eso es pura mentira, si no tiene transferencia del MEF, como se puede pagar, siempre he dicho con la verdad y conocer del sistema contable esta dirigencia actual si sabe decirle con honradez y verdad, que hoy si van a cobrar el reintegro que le debe el GORE ICA.
TAMBIÉN, felicitar a los hermanos de SITASE CHINCHA, por invalorable apoyo en económico que se llego a conluir con el proyecto iniciado por el SITRACE-PISCO en este logro historico para las provincias hermanas, como PISCO, CHINCHA, NAZCA, PALPA, E ICA, Y LAS SEDES REGIONALES DE EDUCACIÓN, Y UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL, Y DESCRIMINACIÓN A NADIE, PORQUE ESTA DIRIGENCIA TIENE HUMILDAD, PARA MIS HERMANOS TRABAJADORES, AQUI NO HAY REMNCOR A NADIE.
Es imporrante recordarle, que constantemente nuestra dirigencia Sindical, como es el SITRACE-PISCO, por intermedio de la FENTASE REGIONAL DE ICA, se ha constitituido a la Dirección General de Presupuesto del MEF, para se transfiere recursos a las regiones del perú, para culminar con el pago de la deuda, producto de nuestra sentencia judicial, y es por eso que a la luz de vista le presento la transferecia que le corresponde al GORE-ICA, siendo la cantidad de S/. S/. 7,335,200 nuevos soles.
El anexo I dice:  Artículo 2º Alcances, le corresponde a los que estan en la Ley Nº 29702 lo que no tiene sentecia judicial, y que han sido informados al 31-12-2011.
Artículo 3º.-Criterios 3.3. asimismos, también se considera beneficiaros a los servidores activos y cesantes que no se encuentran en los supuestos señalados en el numeral 3.2 del presente artículo, pero cuentan con sentencia judicial con calidad de cosa juzgada que les otorga el derecho a percibir la bonificación establecida por el DU Nº 037-94.
 
SALUDOS A TODOS LOS HERMANOS TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS AGRUPADOS A LA FENTASE REGIONAL Y EN ESPECIAL AL SITRACE-PISCO.
 
"UNIDOS, SIEMPRE VAMOS A TRIUNFAR, CUANDO REINA EL CAOS  NUNCA SE LOGRA LOS BENEFICIOS ECONOMICOS"
 
                   COMITE EJUCUTIVO PROVINCIAL- SITRACE- PISCO
 
 
 
 
 
 
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